ANALISIS
DE LA LEY DEL ESTATUTO DE LA FUNCION PUBLICA
En Venezuela hemos visto
con preocupación en los últimos tiempos la forma como las
Instituciones hacen uso de la Ley del Estatuto de la Función
Publica para nadie es un secreto que dichas instituciones están a la
orden del gobierno de turno convirtiéndolo en una de sus grandes
debilidades, es vital para las instituciones que los funcionarios y
funcionarias no estén limitados para ejercer cargos establecidos en
la ley cumpliendo con los requisitos según consta en el Titulo III
Capitulo I de dicha ley, donde el objetivo es el de crear un marco
regulador que oriente al funcionario publico y fomente la
capacitación técnica y profesional acorde con los cargos a desempeñar
y donde se creen normas de acceso para los ascensos de los
funcionarios.
Quizás,
uno de los problemas más importantes para la ejecución eficaz y
eficiente de las funciones del estado, es la inadecuación entre esa
necesidad y la existencia de un aparato administrativo lento,
engorroso, más orientado al cumplimiento de los procedimientos que
hacia el logro de resultados. Lo que exige una transformación de la
Administración Pública para adecuarla a tales necesidades, este
proceso de cambio en los aparatos administrativos, que podemos resumir
como de desburocratización, requiere de una estructura jurídica que
establezca los mecanismos institucionales y las modalidades de
gestión que conduzca a tales fines, es importante el papel que debe
cumplir el estado en asumir con seriedad y responsabilidad la
selección del personal que desempeñara los cargos inherentes
a sus funciones siempre dentro del marco de la ley, por eso es
necesario que se fomente un debate de la reforma de esta ley a nivel
nacional y que se establezcan mesas de trabajo con las diferentes
propuestas para que se adapte a la Ley Orgánica del Trabajo en
beneficio de todos los trabajadores y trabajadoras del sector
publico.
El Estatuto de la función pública contiene aquello que es común al conjunto de los funcionarios de todas las Administraciones Públicas, más las normas legales específicas aplicables al personal laboral a su servicio. Partiendo del principio constitucional de que el régimen general del empleo público en nuestro país es el funcionarial, reconoce e integra la evidencia del papel creciente que en el conjunto de Administraciones Públicas viene desempeñando la contratación de personal conforme a la legislación laboral para el desempeño de determinadas tareas, en ese sentido, el Estatuto sintetiza aquello que diferencia a quienes trabajan en el sector público administrativo, sea cual sea su relación contractual, de quienes lo hacen en el sector privado. El Estatuto de la función pública es un paso importante y necesario en un proceso de reforma, previsiblemente largo y complejo, que debe adaptar la articulación y la gestión del empleo público en Venezuela a las necesidades de nuestro tiempo, en línea con las reformas que se vienen emprendiendo últimamente en los demás países del Latinoamérica y en la propia Administración Publica. El Estatuto de la función pública establece los principios generales aplicables al conjunto de las relaciones de empleo público, empezando por el de servicio a los ciudadanos y al interés general, ya que la finalidad primordial de cualquier reforma en esta materia debe ser mejorar la calidad de los servicios y el de dar respuesta a los ciudadanos siendo funcionarios comprometidos y responsables en su labor diaria.
El Estatuto de la función pública contiene aquello que es común al conjunto de los funcionarios de todas las Administraciones Públicas, más las normas legales específicas aplicables al personal laboral a su servicio. Partiendo del principio constitucional de que el régimen general del empleo público en nuestro país es el funcionarial, reconoce e integra la evidencia del papel creciente que en el conjunto de Administraciones Públicas viene desempeñando la contratación de personal conforme a la legislación laboral para el desempeño de determinadas tareas, en ese sentido, el Estatuto sintetiza aquello que diferencia a quienes trabajan en el sector público administrativo, sea cual sea su relación contractual, de quienes lo hacen en el sector privado. El Estatuto de la función pública es un paso importante y necesario en un proceso de reforma, previsiblemente largo y complejo, que debe adaptar la articulación y la gestión del empleo público en Venezuela a las necesidades de nuestro tiempo, en línea con las reformas que se vienen emprendiendo últimamente en los demás países del Latinoamérica y en la propia Administración Publica. El Estatuto de la función pública establece los principios generales aplicables al conjunto de las relaciones de empleo público, empezando por el de servicio a los ciudadanos y al interés general, ya que la finalidad primordial de cualquier reforma en esta materia debe ser mejorar la calidad de los servicios y el de dar respuesta a los ciudadanos siendo funcionarios comprometidos y responsables en su labor diaria.
Para
concluir este breve análisis debemos saber que contamos con un marco
jurídico que debe regular cabalmente las funciones o atribuciones,
las responsabilidades penales, civiles y administrativas aplicables a
los funcionarios que violen o incumplan estas leyes, teóricamente
tenemos los instrumentos, pero queda de parte de todos y cada uno
de los funcionarios públicos cumplir y hacer cumplir sin preferencia
política estas leyes, podemos decir que ningún gobierno
independientemente de su ideología política podrá ser exitoso sin
una administración 100% profesionalizada e independiente de la
política, que promocione la capacidad de respuesta y no la
corrupción se debe acelerar la modernización y adaptarla a los
tiempos de cambio en beneficio de todos.